3 oct 2009

CONFRATERNIDAD TRINITARIA

EXTRACTO DE LOS ESTATUTOS DE LA CONFRATERNIDAD TRINITARIA.
Capítulo 1º. INTRODUCCIÓN
La comunidad de Hermandades y Cofradías Trinitarias es el resultado de la unión de aquellas hermandades y cofradías que, voluntariamente, han optado por agruparse para la mayor gloria de la Santísima Trinidad.
Juntos deseamos compartir el carisma trinitario-redentor que nos dejó el Santo fundador de la Orden Trinitaria y desarrollar su misión glorificando a la Santísima Trinidad
y liberando a los cautivos de nuestro tiempo.
La Trinidad redentora es el modelo y objetivo de nuestra vida al servicio de la libe
ración y redención en el ámbito cotidiano de nuestras relaciones humanas y de nuestras responsabilidades familiares y sociales.

CAPITULO 2. ARTICULO 2
Esta Confraternidad tiene su sede en el Convento de Nuestra Señora de Gracia, de la ciudad de Córdoba, por residir en él la Curia Provincial de los Padres Trinitarios.

CAPITULO 3. FINES DE LA CONFRATERNIDAD.
ARTICULO 3
Además de todos aquellos encomendados por ministro provincial y por los RR PP Trinitarios, son fines fundamentales de nuestra confraternidad:
1- Promover la devoción de la Santísima Trinidad

2.- Establecer vínculos de unión entre las hermandades de esta advocación, tanto en el plano espiritual como en el material y establecer relaciones cordiales con las demás organizaciones de la Iglesia en las distintas lo
calidades.

3.- Promocionar y enriquecer la vida espiritual de esta confraternidad y de cada uno de las cofradías y Hermandades que la integran, utilizando para ello la palabra de Dios como alimento de nuestra vida espiritual.

4.- Conocer todo lo referente a la familia Trinitaria: Historia, hermandades, vida de santos.....

5.- Fomentado la creación de nuevas Hermandades que, partiendo de la vital unión con Dios Trinidad, utilicen este medio para madurar en su fe y caridad.

6.- Prepararnos para realizar la misión redentora que tiene encomendada la familia trinitaria.

7.- Organizar eventos, cultos, retiros, conferencias, mesas redondas etc..tanto a nivel
Diocesano, regional o local para alcanzar los fines expuestos anteriormente.

CAPITULO 4. SIMBOLO Y ORACIÓN DE LA FAMILIA TRINITARIA
Artículo 4: El símbolo de la Confraternidad será el escudo de la Orden Trinitaria rodeado de la leyenda " Confraternidad de Hermandades y Cofradías Trinitarias". El mismo deberá aparecer en todos los impresos de esta confraternidad.

Articulo 5: La oración que será rezada en todos los actos de la Confraternidad será el ejercicio del Santo Trisagio.

CAPITULO 5. MIEMBROS DE LA CONFRATERNIDAD
Artículo 6. Podrán ser miembros de esta Confraternidad las Cofradías y Hermandades que cumplan algunos de los requisitos:
a._ Pertenecer a la familia Trinitaria como Laicos Trinitarios

b._ La que tengan sede canónica en algún templo regido por una comunidad de religiosas/os de la Orden Trinitaria

c._ Aquellas que ostenten el título de Hermandad o Cofradía Trinitaria.

d._ Todas aquellas que a lo largo de la Historia tuvieron relación con la Orden Trinitaria.

e._ Las Hermandades o Cofradías que tegan a Jesús Cautivo o Rescatado como titular o a la Virgen del Buen Remedio.

f._ Las que tuvieran sede canónica en un templo que en el pasado estuviese regido por la orden Trinitaria.

CAPITULO 6. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA CONFRATERNIDAD.
Artículo 7.- Serán derecho de los miembros de la confraternidad:
1.- El Hermano Mayor o persona en la delegue podrán hacer uso de su voz y voto en los Plenos de Hermanos Mayores.

2.- Solicitar sea incluido en el orden del Pleno cualquier punto que se considere oportuno.

3.- Compartir con las Hermandades y Confraternidad las ayudas materiales, morales y espirituales que fuesen necesarias para proyectos comunes.

4.- Recibir la formación adecuada para madurar en la fe, en la caridad y en el conocimiento de la familia Trinitaria.

5.- Recibir la formación necesaria para desarrollar nuestras dotes humanas y de esta forma, capacitarnos para nuestras responsabilidades familiares, profesionales, sociales....

ARTICULO 8. Serán deberes de los miembros de la Confraternidad:
a.- Cumplir con todo lo que se establece en los estatutos, con los acuerdos del Pleno de Hermanos Mayores y con las orientaciones que marque la Junta Ejecutiva en cumplimiento de su misión como mandatario del Pleno.

b.- Asistir a los Plenos, Asambleas Generales y en todas aquellas ocasiones que se les convoque.

c.- Ayudar al sostenimiento de la Confraternidad de la forma que se apruebe en el pleno de Hermanos Mayores.

d.- Colaborar a que puedan cumplirse los fines de otras Hermandades y/o Cofradías que soliciten entrar en la Confraternidad.

CAPITULO 7. ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA CONFRATERNIDAD
ARTÍCULO 9. Esta confraternidad estará regida por los siguientes órganos colegiados:
1.- El Pleno de Hermanos Mayores, integrados por la Junta Ejecutiva y todos los Hermanos Mayores de Hermandades y Cofradías miembros.

2.- La junta Ejecutiva formada por: el Delegado Trinitario, debe ser un padre de la Orden Trinitaria, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y dos vocales que podrán ser ampliados hasta tres para el logro de misiones encomendadas por la junta ejecutiva que deberá informar al Pleno.

Para ser miembro de la Junta Ejecutiva deberá pertenecer a Hermandad y/o Cofradía que sean de la Confraternidad, ser propuesto por ella para el cargo y cumplir con los requisitos establecidos por el Ministro Provincial en cada momento.

3.-La comisión permanente formada por: Presidente, Secretario y Tesorero.

CAPÍTULO 8. FUNCIONES DE LOS COMPONENTES DE LA JUNTA EJECUTIVA.
ARTÍCULO 10. DEL DELEGADO TRINITARIO.
a.- Actuará en nombre del Delegado Provincial en todos los actos de la Confraternidad.

b.- Ejercerá el Ministro Pastoral a favor de la Confraternidad y de los miembros de la misma.

c.- Asistirá a todas las sesiones de los órganos de gobierno de la Confraternidad con voz y voto.
d.- Dará su parecer y visto bueno en todo lo referente a actos de culto, proclamación de la palabra de Dios y formación cristiana de los miembros de la Confraternidad.

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